La corte fija plazo hasta junio de 2026. Incumplimiento podría resultar en multas o destitución de diputados locales
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de Puebla legislar sobre el reconocimiento de identidad de género para infancias y adolescencias antes del 19 de junio de 2026. Es una orden que viene con dientes: el incumplimiento podría derivar en sanciones económicas o en la destitución de las autoridades legislativas responsables.
Según Lado B, los legisladores a quienes la corte responsabiliza directamente son Marcos Castro, Pavel Gaspar y Óscar Mauricio Céspedes. No es una recomendación blanda. Es un mandato judicial con consecuencias reales para quienes se nieguen a cumplir.
Lo que está en juego aquí es bastante claro: acceso a la justicia para menores de edad cuya identidad de género no coincide con lo que dice su acta de nacimiento. En México, esto sigue siendo un vacío legal en muchas jurisdicciones. Un niño o niña trans en Puebla enfrenta barreras administrativas simples pero devastadoras: no puede acceder a servicios de salud bajo su identidad, no puede estar inscrito en la escuela con su nombre, no puede tener documentos que reflejen quién es.
Esa invisibilidad legal tiene costos reales. Genera estrés, depresión, exclusión educativa. Empuja a adolescentes trans hacia situaciones de vulnerabilidad donde sus derechos se erosionan más rápido.
Puebla no es un caso aislado. Varios estados mexicanos aún no han legislado sobre este tema de manera integral. Algunos permitieron cambios de identidad de género para mayores de edad, pero sin claridad en menores. Otros simplemente no han actuado. Lo que la SCJN está haciendo es clausurar esa brecha legal mediante una orden directa, con plazos y sanciones.
Esta orden refleja una tendencia en la jurisprudencia mexicana de los últimos años: los derechos de las personas LGBTQ+, especialmente de menores de edad, han empezado a tener protección judicial. No es universal ni sin resistencia, pero existe. Las cortes están diciendo lo que el poder legislativo local se niega a hacer o demora indefinidamente.
Pero aquí hay un detalle importante sobre quién gana y quién pierde en este escenario. Una legislación sobre identidad de género para infancias es una victoria clara para menores trans y sus familias. Les abre puertas. Les permite existir legalmente, acceder a servicios, tener dignidad administrativa.
Ahora bien, ¿a qué costo político? Puebla es un estado donde hay fuerte presencia de grupos conservadores que se oponen a estas medidas. La orden de la SCJN genera fricción política. Algunos diputados pueden verla como una imposición de la capital, una injerencia de la corte federal en asuntos locales. Esa narrativa no es accidental: es la que usan quienes se resisten al cambio.
Pero los derechos humanos no son negociables según las preferencias políticas de un congreso local. Y menos cuando están en juego menores de edad.
El plazo de seis meses (desde la fecha del mandato hasta junio de 2026) es relativamente generoso para legislar. No es imposible. Requiere voluntad política, pero es técnicamente viable. Lo que será interesante es ver si Puebla lo cumple, si lo hace a media voz, o si busca una legislación tan restringida que satisfaga el mandato pero vulnere en la práctica los derechos de menores trans.
Hay precedentes: otros estados que legislaron rápido y de manera incluyente, y otros que legislaron de manera tan restrictiva que terminaron siendo letra muerta.
Lo que está claro es que la SCJN cerró la puerta a la indefinida postergación. En Puebla, las infancias trans no pueden esperar otro sexenio a que alguien se anime a legislar. La corte dijo: se hace ahora, y si no, hay consecuencias.
Eso es un cambio. No es una solución completa ni automática. Pero es una orden judicial que obliga a los legisladores poblanos a mirar a los ojos a menores de edad que exigen ser reconocidas tal como son. Y eso, al menos, cierra un poco el espacio para la negligencia institucional.
Por Alejandra Flores